La decisión de la Sala Tercera de Apelaciones de apartar al juez Arnulfo Carrera del proceso contra los exdirigentes de los 48 Cantones de Totonicapán, Luis Pacheco y Héctor Chaclán, no puede leerse como un simple movimiento administrativo. El expediente, marcado por más de 290 días de prisión preventiva y por una cadena de recusaciones, terminó en manos del juez Fredy Orellana, una figura cuya trayectoria reciente está lejos de ofrecer certezas sobre imparcialidad.
Lo paradójico es que la Sala reconoció que los argumentos de la recusación promovida por Ricardo Méndez Ruiz, de la Fundación contra el Terrorismo, no fueron acogidos. Aun así, invocó una vaga “sanidad procesal” y una supuesta necesidad de preservar la confianza en la administración de justicia para separar al juez. Si no hubo fundamento sólido, ¿qué se está protegiendo realmente? La justicia no puede sostenerse en sospechas abstractas ni en presiones externas convertidas en rutina.
Un juez sancionado
El traslado del caso al Juzgado Séptimo, a cargo de Orellana, agrava la preocupación. El juez ha sido sancionado por Estados Unidos y la Unión Europea por acciones consideradas contrarias al orden democrático. Fue protagonista de la cancelación del partido Semilla en 2023 y ha encabezado procesos cuestionados contra operadores de justicia y periodistas. No se trata de rumores: son antecedentes públicos que impactan directamente en la percepción de independencia.
En ese contexto, confiarle un caso que surge del paro nacional de 2023 —movilización que defendía los resultados electorales frente a intentos de anulación— parece más una declaración política que una decisión técnica. Los 48 Cantones de Totonicapán jugaron un papel central en esas protestas pacíficas. Hoy, sus exdirigentes enfrentan cargos graves como terrorismo y asociación ilícita, mientras las solicitudes de revisión de medidas han quedado entrampadas por recusaciones sucesivas impulsadas por la Fundación contra el Terrorismo.
Prisión preventiva prolongada
La prisión preventiva prolongada, sin que se discutan con normalidad las revisiones de medidas, erosiona principios básicos como la presunción de inocencia y el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas. El uso reiterado de herramientas procesales para bloquear audiencias transmite la imagen de un sistema que se dobla ante intereses particulares.
Más allá de nombres propios, el problema es estructural: cuando las decisiones judiciales parecen responder a equilibrios de poder y no a criterios estrictamente jurídicos, la credibilidad institucional se resiente. El caso Pacheco y Chaclán se ha convertido en un termómetro del estado de derecho en Guatemala. Y, por ahora, la aguja no apunta hacia la confianza.